En los últimos años, las organizaciones de registro de votantes de terceros y las personas se han vuelto cada vez más activas en llegar a los ciudadanos de nuestras comunidades para registrarlos para votar.
La ley de Florida define una organización de registro de votantes de terceros (3PVRO) como "cualquier persona, entidad u organización que solicite o recolecte solicitudes de registro de votantes" con la excepción de:
(See § 97.021, Florida Statutes)
Si usted es una persona u organización que planea realizar una campaña de registro de votantes, es importante que comprenda las leyes que involucran el registro de votantes.
(Ver § 97.0575, Estatutos de la Florida)
El supervisor de elecciones ofrece talleres de registro de votantes para cualquier grupo o persona que lo solicite. Por favor llame al 861-8610 para más información.
Para obtener más información, haga clic en uno de los enlaces a continuación: